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Ceuta, Melilla y el mito del “Gran Marruecos”

Ceuta, Melilla y el mito del «Gran Marruecos»: Historia, soberanía y legalidad internacional

Por InfoHispania

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En el debate político y geopolítico del norte de África, con frecuencia resuenan reclamos territoriales sobre las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla. Mucho más intenso desde el 30 de septiembre por la invasión de 80000 Ilegales que entraron desde la frontera Marroquí, conflicto aún no resuelto el día de la publicación de este artículo.

A menudo, estos discursos se articulan sobre dos premisas falaces: que estas plazas son “vestigios coloniales” o que la continuidad geográfica continental les otorga un derecho natural sobre ellas. Sin embargo, un análisis riguroso de la historia, el Derecho Internacional y la propia evolución de las instituciones estatales demuestra que Ceuta y Melilla eran españolas siglos antes de que el Marruecos moderno existiera como Estado soberano.

1. El Rif: Una región histórica frente al relato estatal

Para comprender el mapa político del norte de África, es imprescindible situar la región del Rif. Territorio montañoso y costero del norte del actual Marruecos, el Rif ha estado poblado desde la antigüedad por tribus bereberes (amaziges) con una lengua (tarifit), cultura y estructura social propias.

Históricamente, el Rif formaba parte del denominado Bled el-Siba («la tierra de la disidencia» o sin someter), zonas montañosas y periféricas que operaban con total independencia práctica respecto al Sultán de Fez o Marraquech (Bled el-Makhzen). Aunque las cabilas rifeñas reconocían la autoridad religiosa del Sultán como líder espiritual, rechazaban sistemáticamente el pago de impuestos, el reclutamiento militar y el control político central.

Ceuta, Melilla y el mito del "Gran Marruecos"
La región del Rif

La brevedad del Protectorado Español y la República del Rif

El Rif nunca fue anexado como provincia soberana por España, sino que formó parte del Protectorado Español en Marruecos (1912-1956). Bajo este régimen jurídico, establecido tras el Tratado de Fez, España no ostentaba la soberanía territorial, sino una función de tutela y administración civil y militar sobre el tercio norte del país, mientras que la soberanía formal seguía residiendo en la figura del Sultán.

Durante este periodo, la única entidad política independiente y estructurada que existió formalmente en la región fue la República Confederal de las Tribus del Rif (1921–1926). Liderada por Abd el-Krim el-Jatabi tras el Desastre de Annual, esta república contó con su propia Constitución, moneda (el rifan), ejército y administración, existiendo de facto de forma independiente tanto de la potencia colonial española como del propio Sultanato marroquí hasta su disolución tras el desembarco franco-español de Alhucemas.

Ceuta, Melilla y el mito del "Gran Marruecos"
Protectorado Español y territorios

2. La antigüedad de la soberanía española en Ceuta y Melilla

Uno de los pilares del diferendo político radica en la cronología de la formación de los Estados.

  • Melilla se incorporó a la Corona de Castilla en 1497, mediante la expedición encomendada a la Casa de Medina Sidonia.
  • Ceuta quedó vinculada a la Monarquía Hispánica en 1580 tras la Unión Ibérica con Portugal (país que la gobernaba desde 1415), ratificando voluntariamente su fidelidad al rey Felipe IV de España en 1640 cuando Portugal se independizó.

Frente a esta realidad, el Estado-nación moderno de Marruecos nació en 1956, tras el fin de los protectorados francés y español. En un sentido estricto de soberanía estatal contemporánea, Ceuta y Melilla son españolas casi cinco siglos antes de la aparición del Marruecos moderno.

Aunque el relato oficial de Rabat argumenta una continuidad histórica basándose en la dinastía alauí (en el poder desde 1666) o los antiguos reinos islámicos medievales, la realidad jurídica es que ni Ceuta ni Melilla formaron parte jamás de la estructura territorial de un Estado marroquí organizado.

Ceuta, Melilla y el mito del "Gran Marruecos"
500 años de historia
Cronología de la soberanía territorial:

1497: Melilla se incorpora a la Corona de Castilla
1580: Ceuta se vincula a la Monarquía Hispánica (española de pleno derecho en 1640)
1666: Establecimiento de la dinastía Alauí en el Sultanato
1912: Establecimiento del Protectorado Franco-Español
1921-1926: República del Rif (Estado independiente de facto)
1956: Independencia de Marruecos y nacimiento del Estado moderno

3. El mito geopolítico del «Gran Marruecos»

Tras la descolonización de 1956, el sector nacionalista representado por Allal el-Fassi y el partido Istiqlal diseñó el mapa del denominado “Gran Marruecos”. Esta doctrina irredentista pretendía reclamar la soberanía sobre Mauritania, el Sáhara Occidental, la mitad occidental de Argelia, el norte de Mali y las plazas de soberanía españolas.

Para justificar estas pretensiones, se recurrió a la noción de Baya’a (juramentos de lealtad religiosa a título personal prestados en siglos pasados por ciertos jefes tribales al Sultán). Sin embargo, este concepto carece de validez territorial en el Derecho Internacional moderno:

  • Incongruencia geográfica y legal: Si la mera contigüidad geográfica o la presencia histórica antigua otorgara derechos de soberanía, Italia podría reclamar el norte de África por el Imperio Romano, o España podría reclamar de nuevo los territorios de Hispanoamérica.
  • Rechazo regional: El proyecto expansionista chocó con la realidad geopolítica. Mauritania rechazó la pretensión marroquí hasta que Rabat tuvo que reconocer su independencia en 1969; mientras que la contienda con Argelia en la Guerra de las Arenas (1963) frenó cualquier pretensión sobre las provincias de Tinduf y Béchar.
Ceuta, Melilla y el mito del "Gran Marruecos"
La ensoñación de Marruecos o lo que nunca existió

4. El marco jurídico internacional y la Declaración de 1956

La legitimidad de la soberanía española sobre Ceuta y Melilla no descansa únicamente en la historia, sino en el consenso legal internacional actual.

La Declaración Conjunta Hispano-Marroquí de 1956

El 7 de abril de 1956, España y Marruecos firmaron la Declaración Conjunta que ponía fin al Protectorado. En dicho tratado bilateral, se acordó la transferencia de la administración sobre las zonas bajo tutela (el Rif en el norte y Tarfaya en el sur). Ceuta y Melilla no fueron incluidas en el tratado, reconociendo implícitamente Marruecos los límites territoriales de la España soberana en el momento de nacer como país independiente.

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Firma del tratado Hispano – Marroqui

La postura de las Naciones Unidas (ONU)

La Organización de las Naciones Unidas ampara el principio de integridad territorial y la autodeterminación de los pueblos. En la lista de Territorios No Autónomos pendientes de descolonización (Resolución 1514 de la ONU), figuran casos como Gibraltar o el Sáhara Occidental, pero nunca se ha incluido a Ceuta ni a Melilla. La ONU reconoce a ambas ciudades como municipios integrados en la estructura estatal de España de pleno derecho, cuyos ciudadanos (de orígenes diversos: cristianos, musulmanes, hebreos e hindúes) gozan de ciudadanía española y europea.

5. La cobertura defensiva: OTAN y Unión Europea

En el ámbito de la seguridad colectiva, la protección defensiva de Ceuta y Melilla se apoya en dos pilares fundamentales:

OrganismoCobertura legal y alcance defensivo
Unión Europea (UE)Plena e incondicional. Ceuta y Melilla son territorio de la Unión Europea. El Artículo 42.7 del Tratado de la Unión Europea impone una cláusula de defensa mutua vinculante: una agresión armada contra cualquier territorio de un Estado miembro obliga a los demás a prestar ayuda y asistencia con todos los medios a su alcance.
Alianza Atlántica (OTAN)Cobertura por Islas Canarias e integración estratégica. Aunque el redactado de 1949 (Artículo 6) limitaba geográficamente la cobertura automática al Atlántico Norte (cubriendo a Islas Canarias pero excluyendo las plazas continentales africanas), el Concepto Estratégico de la OTAN (Cumbre de Madrid 2022) ha blindado la defensa de “cada centímetro de territorio de los aliados”. Además, un ataque contra las fuerzas armadas de las Comandancias Generales en las plazas activaría el marco del Artículo 5.
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Mapa de la OTAN

Conclusión

La apelación constante a la anexión de Ceuta y Melilla responde a estrategias de política interior e instrumentalización nacionalista, y no a un derecho respaldado por el ordenamiento internacional. Frente a los discursos que apelan a geografías imposibles o mitologías imperiales, la realidad es nítida: Ceuta y Melilla son territorio de España por historia, legalidad constitucional, tratados internacionales bilaterales y la voluntad democrática ininterrumpida de sus ciudadanos.

Ceuta, Melilla y el mito del "Gran Marruecos"

Un comentario en «Ceuta, Melilla y el mito del “Gran Marruecos”»

  • Todo muy acertado e ilistrativo. Pese a quién pese y así lo cantamos en Ferraz:
    Sánchez
    que no me engañas,
    Ceuta y Melilla
    son parte de España

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